Después de haber vivido un confinamiento tan intenso, de valorar más el espacio en el que vivimos, nos ponemos manos a la obra y empezamos a reparar esos pequeños deterioros que tienen nuestras casas, pero cuando se trata de humedades y vivimos en una comunidad de vecinos, ¿quién tiene que asumir el coste de su arreglo?
Hoy queremos explicaros sobre qué aspectos se deciden en este tipo de pactos:
- PROPIEDAD HORIZONTAL: es el conjunto de bienes comunes que forman un edificio: terrenos, canalizaciones, cubiertas, etc. En otras palabras, si la humedad implica un incremento de la inseguridad y desestabilización del edificio, el incidente debe asumirlo la comunidad al completo. Las humedades más habituales son la capilaridad y filtraciones del terreno, así como deterioro de telas asfálticas en zonas comunes y cubiertas.
- PROPIEDAD VERTICAL: son las humedades que se generan por el mal uso de la vivienda o bien, por la hermetización excesiva de la misma. La humedad por condensación o las filtraciones puntuales por rotura, son las más comunes. En este caso, el propietario de la casa es el que debe correr con los gastos del arreglo.
Igualmente, si has adquirido una vivienda de nueva construcción y se dan problemas de humedades, puedes consultar la Ley 675 de 2001, que recoge el derecho de reclamar los fallos que afectan a la estructura o impermeabilización, directamente a la empresa constructora, y no a la administración provincial que hace entrega de los inmuebles.
Grupo Humetek te ayuda a realizar un diagnóstico gratuito y sin compromiso, ofreciendo su asistencia y colaboración en la junta de vecinos en la que se trate las valoraciones técnicas obtenidas.
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